
Los ministros del Interior de la UE, reunidos en Bruselas del 17 al 19 de noviembre de 2025, alcanzaron un acuerdo político para implementar un mecanismo más estricto y ágil que permita suspender el régimen de exención de visados para países terceros que generen picos en la migración irregular o en la delincuencia. Aunque Irlanda no forma parte del Espacio Schengen, está sujeta a la política común de visados de corta duración de la UE y tendría que volver a exigir visados a las nacionalidades afectadas si Bruselas activa esta medida.
Las principales novedades incluyen reducir el umbral estadístico que puede desencadenar una suspensión, pasando de un aumento del 50 % a un 30 % en casos de estancias irregulares, solicitudes de asilo o delitos graves; ampliar el periodo inicial de suspensión de nueve a doce meses; y permitir suspensiones ‘selectivas’ que se centren en categorías específicas de viajeros, como funcionarios públicos o titulares de pasaportes de inversores. El reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial, probablemente antes de Navidad, por lo que las primeras suspensiones podrían aplicarse a principios de 2026.
Para los empleadores irlandeses, la carga de cumplimiento es doble. Los equipos de movilidad global deben monitorizar las nacionalidades de los empleados desplazados que dependen de la entrada sin visado al Espacio Schengen para reuniones con clientes o lanzamientos de proyectos, y ajustar los itinerarios de viaje con poca antelación si reaparecen las obligaciones de visado. En segundo lugar, las notificaciones de seguridad social y de trabajadores desplazados (certificados A1) podrían requerir una revisión urgente, ya que un cambio en el estatus de visado puede modificar las normas europeas aplicables a la cobertura de la seguridad social.
Los asesores en inmigración recomiendan realizar un análisis detallado del perfil nacional de los empleados frente a los 61 países exentos de visado en la UE y preparar con antelación los paquetes de solicitud de visado Schengen para las nacionalidades de alto riesgo, de modo que el personal pueda actuar con rapidez si se anuncia una suspensión. Además, las empresas deberían actualizar sus sistemas de seguimiento de viajeros para identificar a aquellos empleados cuyas estancias podrían empezar a contar para la regla Schengen de 90/180 días en caso de que se retire la exención.
Las principales novedades incluyen reducir el umbral estadístico que puede desencadenar una suspensión, pasando de un aumento del 50 % a un 30 % en casos de estancias irregulares, solicitudes de asilo o delitos graves; ampliar el periodo inicial de suspensión de nueve a doce meses; y permitir suspensiones ‘selectivas’ que se centren en categorías específicas de viajeros, como funcionarios públicos o titulares de pasaportes de inversores. El reglamento entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial, probablemente antes de Navidad, por lo que las primeras suspensiones podrían aplicarse a principios de 2026.
Para los empleadores irlandeses, la carga de cumplimiento es doble. Los equipos de movilidad global deben monitorizar las nacionalidades de los empleados desplazados que dependen de la entrada sin visado al Espacio Schengen para reuniones con clientes o lanzamientos de proyectos, y ajustar los itinerarios de viaje con poca antelación si reaparecen las obligaciones de visado. En segundo lugar, las notificaciones de seguridad social y de trabajadores desplazados (certificados A1) podrían requerir una revisión urgente, ya que un cambio en el estatus de visado puede modificar las normas europeas aplicables a la cobertura de la seguridad social.
Los asesores en inmigración recomiendan realizar un análisis detallado del perfil nacional de los empleados frente a los 61 países exentos de visado en la UE y preparar con antelación los paquetes de solicitud de visado Schengen para las nacionalidades de alto riesgo, de modo que el personal pueda actuar con rapidez si se anuncia una suspensión. Además, las empresas deberían actualizar sus sistemas de seguimiento de viajeros para identificar a aquellos empleados cuyas estancias podrían empezar a contar para la regla Schengen de 90/180 días en caso de que se retire la exención.









