
En las primeras horas del 7 de marzo de 2026, la presidencia de Brasil publicó el Decreto 12.864, ratificando formalmente el acuerdo de exención de visados vigente con la Unión Europea y, por primera vez, incorporando el límite de 90 días en cualquier período de 180 días en la legislación interna brasileña. Esta medida, confirmada por Bruselas el mismo día, aporta claridad textual pero no modifica el día a día de los viajes para turistas o ejecutivos brasileños, quienes disfrutan de acceso sin visado al espacio Schengen desde 2004.
Si necesitas ayuda para entender estas nuevas disposiciones —ya sea para confirmar si tu estancia se ajusta al límite 90/180 o para gestionar una visa de larga duración categoría D— VisaHQ puede asistirte. Sus especialistas multilingües monitorean en tiempo real los cambios en las políticas de Brasil y la UE, y pueden agilizar los trámites en línea; consulta https://www.visahq.com/brazil/ para más información.
¿Por qué es importante esta formalidad? Primero, garantiza la reciprocidad justo cuando Europa se prepara para lanzar el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) en el tercer trimestre de 2026. Según el decreto, los ciudadanos de la UE que visiten Brasil estarán sujetos al mismo límite de 90 días, lo que da a Brasilia una posición de negociación si los estados Schengen endurecen las reglas tras la entrada en vigor de ETIAS. Segundo, la codificación reduce el riesgo de que las estancias prolongadas se traten de manera diferente bajo las leyes de la UE y Brasil, un área gris que ha complicado los cálculos de presencia fiscal para empleados globalmente móviles. Por ello, los equipos de movilidad internacional deben auditar los días de estancia de asignados europeos en Brasil junto con el seguimiento Schengen. Los proveedores de nómina advierten que la aplicación desigual de la regla 90/180 puede exponer a los empleadores a responsabilidades inesperadas en seguridad social, especialmente cuando empleados alemanes o franceses combinan múltiples visitas cortas en patrones rotativos prolongados. Para los viajeros brasileños, la regla principal sigue igual: estancias superiores a 90 días requieren una visa nacional de larga duración (Categoría D) emitida por el estado miembro de destino. Lo nuevo es el respaldo legal. Abogados de inmigración señalan que el decreto fortalecerá las apelaciones contra sellos de entrada inconsistentes en aeropuertos europeos menores y proporcionará una base legal para impugnar denegaciones de embarque impuestas por las aerolíneas bajo la “regla Schengen”. De cara al futuro, la atención se centra en ETIAS. Aunque la autorización de viaje de 7 € es un coste menor, los gestores de viajes deben integrar los avisos de registro en las herramientas de reserva antes del lanzamiento suave del sistema, previsto para octubre de 2026. Las aerolíneas que no verifiquen las aprobaciones ETIAS se enfrentan a multas de hasta 5.000 € por pasajero según el Reglamento UE 2018/1240. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil calificó el decreto como “una ordenanza regulatoria que ofrece certeza a ciudadanos y empresas en ambos lados del Atlántico”. Las Cámaras de Comercio Europeas en São Paulo compartieron esta opinión, destacando que reglas más claras apoyan a las 5.400 empresas europeas que emplean a más de 900.000 personas en Brasil.
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