
Durante un evento sobre clima empresarial en Londres, la Secretaria de Estado de Comercio de España, Amparo López Senovilla, reveló que Madrid ha propuesto formalmente al Reino Unido una exención mutua para visados de trabajo de corta duración. Este acuerdo permitiría a profesionales cualificados prestar servicios hasta por 90 días sin necesidad de un visado con patrocinador, alineándose con la exención para prestadores de servicios en el Modo 4, recientemente incorporada en el Reglamento de Inmigración revisado de España.
López indicó que las autoridades británicas están “estudiando” la propuesta, que busca aliviar las dificultades post-Brexit para las empresas españolas que necesitan enviar técnicos, consultores y directivos para misiones breves. Según las normas actuales del Reino Unido, la mayoría de los visitantes que ofrecen servicios remunerados requieren un visado de Trabajador Cualificado o Trabajador Temporal (Proveedor de Servicios), lo que implica costes y tiempos de espera para los empleadores.
Mientras no se concrete una nueva exención, las empresas pueden simplificar los trámites de visado a través de VisaHQ, una plataforma online que gestiona de forma integral la documentación de viaje y trabajo para Reino Unido y España. Sus expertos se encargan del papeleo, la programación de citas y las verificaciones de cumplimiento, liberando a los departamentos de RRHH para centrarse en el negocio principal. Más información en https://www.visahq.com/spain/
De aprobarse, la exención bilateral operaría fuera del Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-Reino Unido y del acervo Schengen, requiriendo legislación específica en el Reino Unido. Observadores señalan que Londres ha mostrado disposición para crear corredores de movilidad personalizados —como el reciente con Singapur—, pero un acuerdo específico con España sería inédito en Europa y podría servir de modelo para otros países miembros.
Para las multinacionales, este cambio reduciría la burocracia en viajes de resolución de problemas, instalaciones y reuniones con clientes. Las empresas españolas con filiales en Reino Unido podrían evitar la tasa de visado de £715, el recargo sanitario y los requisitos del Certificado de Patrocinio para asignaciones cortas, mientras que las compañías británicas ganarían acceso recíproco a España, mejorando la agilidad en proyectos de sectores como aeroespacial, fintech y energías renovables.
Aunque los plazos aún no están claros, los responsables de movilidad deben preparar planes de contingencia: seguir los umbrales de impuestos sobre la renta y seguridad social (España extiende automáticamente la cobertura de seguridad social para estancias inferiores a 183 días) y actualizar las notificaciones de trabajadores desplazados. Además, se espera que se aclare si los familiares acompañantes podrán entrar sin visado y cómo interactuará la exención con el nuevo Sistema de Entrada/Salida de la UE a partir de abril de 2026.
López indicó que las autoridades británicas están “estudiando” la propuesta, que busca aliviar las dificultades post-Brexit para las empresas españolas que necesitan enviar técnicos, consultores y directivos para misiones breves. Según las normas actuales del Reino Unido, la mayoría de los visitantes que ofrecen servicios remunerados requieren un visado de Trabajador Cualificado o Trabajador Temporal (Proveedor de Servicios), lo que implica costes y tiempos de espera para los empleadores.
Mientras no se concrete una nueva exención, las empresas pueden simplificar los trámites de visado a través de VisaHQ, una plataforma online que gestiona de forma integral la documentación de viaje y trabajo para Reino Unido y España. Sus expertos se encargan del papeleo, la programación de citas y las verificaciones de cumplimiento, liberando a los departamentos de RRHH para centrarse en el negocio principal. Más información en https://www.visahq.com/spain/
De aprobarse, la exención bilateral operaría fuera del Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-Reino Unido y del acervo Schengen, requiriendo legislación específica en el Reino Unido. Observadores señalan que Londres ha mostrado disposición para crear corredores de movilidad personalizados —como el reciente con Singapur—, pero un acuerdo específico con España sería inédito en Europa y podría servir de modelo para otros países miembros.
Para las multinacionales, este cambio reduciría la burocracia en viajes de resolución de problemas, instalaciones y reuniones con clientes. Las empresas españolas con filiales en Reino Unido podrían evitar la tasa de visado de £715, el recargo sanitario y los requisitos del Certificado de Patrocinio para asignaciones cortas, mientras que las compañías británicas ganarían acceso recíproco a España, mejorando la agilidad en proyectos de sectores como aeroespacial, fintech y energías renovables.
Aunque los plazos aún no están claros, los responsables de movilidad deben preparar planes de contingencia: seguir los umbrales de impuestos sobre la renta y seguridad social (España extiende automáticamente la cobertura de seguridad social para estancias inferiores a 183 días) y actualizar las notificaciones de trabajadores desplazados. Además, se espera que se aclare si los familiares acompañantes podrán entrar sin visado y cómo interactuará la exención con el nuevo Sistema de Entrada/Salida de la UE a partir de abril de 2026.
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